CARNÉS PROFESIONALES, CONSELLERIA DE INDUSTRIA, COMERCIO E INNOVACIÓN, COMUNIDAD VALENCIANA

ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA (COMUNIDAD VALENCIANA)


CONSELLERIA DE INDUSTRIA, COMERCIO E INNOVACIÓN

- CARNÉS PROFESIONALES: bases de la convocatoria ordinaria 1/2010 de los exámenes teórico-prácticos a los que se refiere el Capítulo V de la Orden de 23 de abril de 1997 de esta Consellería y se regula el procedimiento de expedición de los carnés profesionales a ellos vinculados:



= TE: Carné profesional en Instalaciones Térmicas de Edificios.

= IPPL-I: Carné de Instalador Autorizado de Productos Petrolíferos Líquidos de Categoría I.

= IPPL-II: Carné de Instalador Autorizado de Productos Petrolíferos Líquidos de Categoría II.

= RPPL-III: Carné de Reparador Autorizado de Productos Petrolíferos Líquidos de Categoría III.

= FO: Carné de Instalador de Fontanería.

= GA: Certificado de Cualificación Individual como Instalador de Gas categoría A, cuando se vaya a obtener por primera vez.

= GAR: Certificado de Cualificación Individual como Instalador de Gas categoría A, cuando se solicite la renovación de un certificado expedido por esta Comunidad Autónoma por no haberse acreditado la realización de la actividad mínima exigida durante el período anterior de vigencia.

= GB: Certificado de Cualificación Individual como Instalador de Gas categoría B, cuando se vaya a obtener por primera vez.

= GBR: Certificado de Cualificación Individual como Instalador de Gas categoría B, cuando se solicite la renovación de un certificado expedido por esta Comunidad Autónoma por no haberse acreditado la realización de la actividad mínima exigida durante el período anterior de vigencia.

= GC: Certificado de Cualificación Individual como Instalador de Gas categoría C, cuando se vaya a obtener por primera vez.

= GCR: Certificado de Cualificación Individual como Instalador de Gas categoría C, cuando se solicite la renovación de un certificado expedido por esta Comunidad Autónoma por no haberse acreditado la realización de la actividad mínima exigida durante el período anterior de vigencia.

= IBTB: Certificado de Cualificación Individual de Baja Tensión. Categoría Básica.

= IBTE: Certificado de Cualificación Individual de Baja Tensión. Categoría Especialista, en las nueve modalidades contempladas en la Resolución de 23 de abril de 2003 del director general de Industria y Energía (DOGV Núm. 4.502, de 19 de mayo de 2003).

= ILAT1: Carné profesional de Instalador de Líneas de Alta Tensión de categoría LAT1 (para líneas aéreas y subterráneas de alta tensión de hasta 30 kV).

= ILAT2: Carné profesional de Instalador de Líneas de Alta Tensión de categoría LAT2 (para líneas aéreas y subterráneas de alta tensión superior a 30 kV).

= FR: Carné de Instalador-Reparador Frigorista.

= OC: Carné de Operador Industrial de Calderas.

= GT: Carné de Operador de Grúa Torre (gruista).

= GMA: Carné de Operador de Grúa Móvil Autopropulsada. Categoría A.

= GMB: Carné de Operador de Grúa Móvil Autopropulsada. Categoría B.

= GMPA: Carné de Operador de Grúa Móvil Autopropulsada. Categoría A, Subcategoría de «puertos de la Comunidad Valenciana donde desarrollan su actividad las Sociedades Estatales de Estiba y Desestiba». (Subcategoría denominada con la codificación abreviada «de puertos»).

= GMPB: Carné de Operador de Grúa Móvil Autopropulsada. Categoría B, Subcategoría de «puertos de la Comunidad Valenciana donde desarrollan su actividad las Sociedades Estatales de Estiba y Desestiba». (subcategoría denominada con la codificación abreviada «de puertos»).

 
* REQUISITOS: acreditar poseer, o en condiciones de obtener, la titulación mínima y/o, en su caso, el certificado de superación de un curso habilitador impartido por un centro autorizado, que se indica para cada especialidad y categoría de carné o certificado de cualificación individual en el anexo I de la Resolución de 9 de enero de 1996 de la Dirección General de Industria y Energía, (DOGV Núm. 2683, de 7 de febrero de 1996) y modificaciones posteriores…


* PLAZO DE SOLICITUDES DE ADMISIÓN A LAS PRUEBAS: 20 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en este DOGV (hasta el 20 de abril de 2010)

Fuente: Diario Oficial de la Comunitat Valenciana nº 6234 de 26-3-2010, pg. 12038

Texto íntegro publicado: https://www.docv.gva.es/portal/portal/2010/03/26/pdf/2010_3294.pdf

-------------------------------------------------------------------