ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA (CATALUÑA)
DEPARTAMENTO DE LA VICEPRESIDENCIA. CONSEJO CATALÁN DEL DEPORTE
Convocatoria para la habilitación del ejercicio de las profesiones del deporte previstas en la Ley 3/2008, de 23 de abril, del ejercicio de las profesiones del deporte, sin disponer de la titulación requerida:
- ANIMADORES DEPORTIVOS PROFESIONALES
- MONITORES DEPORTIVOS PROFESIONALES
- ENTRENADORES DEPORTIVOS PROFESIONALES
- DIRECTORES DEPORTIVOS
- ACOMPAÑANTES DE TURISMO ECUESTRE EN LA ESCUELA DE CAPACITACIÓN AGRARIA ECUESTRE
* REQUISITOS: personas que no disponen de las titulaciones exigidas por la ley 3/2008, de 23 de abril, pero que pueden acreditar que están capacitadas y disponen de experiencia suficiente y probada para continuar ejerciendo las tareas profesionales que ya desarrollaban antes de la entrada en vigor de la citada ley
* PLAZO DE SOLICITUDES: hasta el 31 de diciembre de 2010
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya nº 5568 de 16-2-2010, pg. 10766
Texto íntegro publicado: https://www.gencat.cat/eadop/imagenes/5568/10032014.pdf
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