9 beca para personal investigador novel y 7 becas para la formación de personal investigador novel, INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN FÍSICA DE CATALUÑA

ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA (CATALUÑA) DEPARTAMENTO DE LA VICEPRESIDENCIA. INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN FÍSICA DE CATALUÑA - 9 BECAS PARA PERSONAL INVESTIGADOR NOVEL MEDIANTE LA INCORPORACIÓN EN PROGRAMAS DE DOCTORADO PARA LA REALIZACIÓN DE TESIS DOCTORALES, dentro del ámbito de la educación física y el deporte y las ciencias aplicadas al deporte, destinados al INEFC, al Centro de Alto Rendimiento y al Consejo Catalán del Deporte: dos de las becas corresponden al primer año de la segunda etapa, cinco corresponden al segundo año de la segunda etapa, y dos corresponden al tercer año de la segunda etapa; las becas de segundo y tercer año de la segunda etapa se formalizarán mediante contrato de carácter laboral… (al amparo de las bases específicas del anexo 2 de la Orden VCP/565/2008, de 18 de diciembre) - 7 BECAS PARA LA FORMACIÓN DE PERSONAL INVESTIGADOR NOVEL, MEDIANTE LOS PROGRAMAS DE DOCTORADO O LOS MÁSTERES UNIVERSITARIOS, correspondientes al primer año de la segunda etapa del programa, las cuales se formalizarán mediante becas, dentro del ámbito de la educación física y el deporte y las ciencias aplicadas al deporte, destinadas al INEFC, al Centro de Alto Rendimiento y al Consejo Catalán del Deporte para el año 2010 (al amparo de la base específica 2 del anexo 2 de la Orden VCP/565/2008, de 18 de diciembre) * REQUISITOS: personas físicas que cumplan los requisitos que prevé la base 3 del anexo 1 de la Orden VCP/565/2008, de 18 de diciembre, así como los detallados en esta Resolución para cada caso * DURACIÓN (período de ejecución de las actividades objeto de las becas): del 1 de enero al 31 de diciembre de 2010 * DOTACIONES: las becas de personal investigador novel del primer año de la segunda etapa serán retribuidas con 12.420 euros brutos anuales, 15.600 euros brutos anuales las de segundo y las de tercer año (estos importes se distribuirán en 12 mensualidades) * PLAZO DE SOLICITUDES: 20 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación en este DOGC (hasta el 22 de diciembre de 2009) Fuente: Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña nº 5518 de 2-12-2009, pg. 90508 Texto íntegro publicado: https://www.gencat.cat/eadop/imagenes/5518/09315174.pdf -------------------------------------------------------------------