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Becas de Comercio y Turismo/Fulbright (bases reguladoras)
ADMÓN. DEL ESTADO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
- Becas de Comercio y Turismo/Fulbright (bases reguladoras). Objeto: contribuir a la financiación de un proyecto de formación académica y perfeccionamiento técnico-profesional en una universidad estadounidense, siguiendo un programa de estudios establecido para la obtención del grado de «Master» u otra titulación o certificación profesional, un plan de acreditación académica sin objetivo de titulación o, un proyecto de investigación. Campos de estudio a los que se da prioridad son:
a) Publicidad y marketing internacional.
b) Comercio, economía y finanzas internacionales.
c) Derecho mercantil internacional.
d) Política turística y gestión de calidad turística.
e) Dirección de organizaciones del sector público.
f) Análisis de políticas públicas.
* REQUISITOS: título superior con grado de licenciatura o doctorado expedido por una universidad española; prestar servicio, dentro del territorio nacional español, como funcionario o personal laboral fijo en la Secretaría de Estado de Comercio, la Secretaría de Estado de Turismo o en los organismos, entidades públicas y sociedades estatales, adscritos al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a través de dichas Secretarías de Estado…; se admitirán solicitudes de funcionarios de las Secretarías de Estado de Comercio y de Turismo que presten servicio, fuera del territorio nacional español, en alguna oficina comercial de la red de oficinas económicas y comerciales de la Secretaría de Estado de Comercio, entidades financieras multilaterales u oficinas españolas de turismo, y de funcionarios pertenecientes a los cuerpos de la Administración especializados en comercio exterior que estén prestando servicio en otros organismos del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, así como los que estén prestando servicios en el Ministerio de Economía y Hacienda dentro del territorio nacional.
* PLAZO DE SOLICITUDES, DURACIÓN, REQUISITOS ESPECÍFICOS, CUANTÍAS DE LAS DOTACIONES, ETC.: se establecerán en las correspondientes convocatorias
Fuente: Boletín Oficial del Estado nº 80 de 2-4-2009, pg. 31688
Texto íntegro publicado: http://www.boe.es/boe/dias/2009/04/02/pdfs/BOE-A-2009-5558.pdf
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